REQUISITOS:
• Certificado de Instalación Eléctrica Apta, emitido por Instalador electricista habilitado por ERSeP. Ley de Seguridad Eléctrica N°10.281.-
• Permiso Municipal.
• Escritura o Boleto de Compra - Venta. (fotocopia) // Contrato de alquiler certificado por Policía o Escribano Público (firma del propietario e inquilino).
• Presentar fotocopia de DNI / LC / LE.
• Garantía: Firma de un socio Garante con propiedad (traer escritura y ser socio de la CESPAL) ó Depósito en garantía (valor de 500KW + 2 abonos por servicio solicitado).
• Modificación de la Propiedad: jabalina; llave térmica bipolar de 25 Amper; cable de 12 voltios; caño galvanizado 11/4.
VALORES PARA CONECTAR EL SERVICIO:
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**Resolución General ERSeP N° 36/2017: Determina un nuevo documento válido para la habilitación del servicio de Energía Eléctrica, para usuarios residenciales de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana, asentados sobre terrenos de propiedad del Estado Nacional o de particulares.-
La referida disposición del ERSeP, responde a la Resolución N° 148-E/2017 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo de la Nación, que requiere a los Ente Reguladores de Servicios Públicos del País, se reconozca como documento suficiente al “Certificado de Vivienda Familiar”, expedido por esa repartición estatal, y que será entregado a los solicitantes por intermedio del ANSeS, a los efectos de habilitar la respectiva conexión al servicio domiciliario de energía eléctrica, en el marco del Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana.-
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PRORROGA del Art. 7 de la Ley de Seguridad Eléctrica - HASTA 01/12/2021